domingo, 24 de mayo de 2020

favorabilidad en materia penal

         Este principio encarga una directriz para escoger la ley aplicable cuando se presenta sucesión de leyes penales en el tiempo
         Favor. Viene en latín, significa ser propicio, tener benevolencia y brindar protección
         Tiene como objeto tutelar favorablemente los derechos del procesado cuando existan los conflictos de leyes sobre un hecho y se requiera escoger entre ambas la aplicable al caso.
         El principio de favorabilidad

       Es uno de esos principios generales del sistema penal que desde la órbita constitucional conforma la estructura del debido proceso, es una herramienta orientada al logro de los fines de nuestro ordenamiento jurídico y a la cual los operadores del sistema deben acudir para establecer las técnicas procedimentales a que se debe sujetar el derecho penal y el derecho procesal penal. Este principio pro reo (favorabilidad), protege al ciudadano que está siendo investigado por el órgano de persecución penal y que por ende es sujeto del derecho penal y dicha protección, a la luz de este principio, se orienta a buscar la solución más favorable frente a la existencia de un conflicto de leyes, evento en el cual se debe optar por la ley menos grave a los intereses del individuo. El derecho penal clásico, se caracterizó por la limitación al poder punitivo del estado, evitando la actuación ilimitada en perjuicio de sus gobernados, característica que no predomina en el derecho penal moderno, en el cual la injerencia del estado es más latente; como consecuencia de la constante aparición de los denominados delitos de peligro abstracto, de la extensa protección de los bienes jurídicos de carácter colectivo, de la expansión del derecho penal, entre otros aspectos; que hacen del derecho penal actual, un derecho más penalizado; situación que se traduce en un debilitamiento de las garantías y principio rectores del derecho penal clásico, como por ejemplo, el principio de lesividad.
 


 




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